Ley 599 de 2000
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2000
Autores
Director de trabajo de grado
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Resumen
Prohibición de doble incriminacion. A nadie se le podrá imputar mas de una vez la misma conducta punible, cualquiera sea la denominación jurídica que se le de o haya dado, salvo lo establecido en los instrumentos internacionales.
Descripción
Palabras clave
Leyes, Código penal, Derecho penal
